Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor sentenciador, que previo el gratitud de mi personería para actuar como agente de la parte demandante. https://redhotbookmarks.com/story19856375/una-llave-simple-para-demanda-laboral-nuevo-sistema-unveiled